- Asistencia judicial recíproca
- Extradición
- Remisión de actuaciones judiciales
- Traslado de personas condenadas
- Resumen
- Referencias
Publicado en mayo de 2018
Perspectiva regional: Región de las Islas del Pacífico - añadido en noviembre de 2019
Este módulo es un recurso para los catedráticos
Traslado de personas condenadas
El artículo 17 de la Convención contra la Delincuencia Organizada se ocupa del traslado de personas condenadas.
Artículo 17. Traslado de personas condenadas Los Estados Parte podrán considerar la posibilidad de celebrar acuerdos o arreglos bilaterales o multilaterales sobre el traslado a su territorio de toda persona que haya sido condenada a pena de prisión o a otra pena de privación de libertad por algún delito comprendido en la presente Convención a fin de que complete allí su condena. |
Esta es una forma específica de cooperación internacional en materia penal que aborda el retorno de una persona requerida para el cumplimiento de una condena en el Estado de nacionalidad o residencia. Se refiere solo al traslado de personas que actualmente cumplen una condena. Es, por lo tanto, una cuestión diferente a la deportación de delincuentes que han cumplido sus sentencias y que, por lo tanto, ya no son objeto de actuaciones judiciales.
Los países interesados en trasladar a una persona condenada usualmente cuentan con acuerdos bilaterales o multilaterales con otros países. Los países están también cada vez más interesados en las condiciones en las que el prisionero trasladado cumplirá su condena. Esta preocupación se demuestra mediante la inclusión de disposiciones con respecto a las condiciones carcelarias en los tratados sobre traslados.
El Séptimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención de Delito y Tratamiento del Delincuente adoptó el Acuerdo Modelo sobre el Traslado de Reclusos Extranjeros y las recomendaciones sobre el trato a reclusos extranjeros en 1985. El cuadro a continuación incluye los nueve principios generales que sirven de base para el traslado de personas incluidos en el Acuerdo Modelo. Se puede observar que los principios intentan balancear los intereses de los Estados Parte del acuerdo, junto con los derechos de la persona condenada.
Acuerdo Modelo sobre el Traslado de Reclusos Extranjeros Principios generales
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Herramientas de asistencia técnica para la remisión de actuaciones judiciales de la UNODC En 2012, la UNODC elaboró el Manual sobre el traslado internacional de personas condenadas a cumplir una pena en un esfuerzo por explicar cómo es que trasladar a personas condenadas para que cumplan sus condenas en sus países de origen puede contribuir a lidiar con ellos de una manera justa y efectiva, así también como al proceso de cooperación para facilitar su traslado. |
Un instrumento regional importante en el campo del traslado de personas condenadas es la Convención sobre el Traslado de Personas Condenadas (Consejo de Europa, 1983) y su Protocolo Adicional de 1997, negociado dentro del marco del Consejo de Europa e implementado por sus Estados Miembro. Sin embargo, también están abiertos a ratificaciones o adhesiones de países que no son miembros del Consejo de Europa.
La figura 11.1 ilustra las conexiones entre el delito transnacional, los acuerdos internacionales y la necesidad de esfuerzos conjuntos para su cumplimiento. Los países han reconocido el crecimiento de la delincuencia organizada internacional, lo que derivó en la Convención contra la Delincuencia Organizada y otros acuerdos multilaterales, regionales y bilaterales (UNODC, 2006). Sin embargo, estos acuerdos requieren la aplicación de la ley y cooperación judicial que resulte en investigaciones y enjuiciamientos (Aaromaa y Viljanen, 2005; Hartfield, 2008). Por lo tanto, la implementación de los acuerdos son la medida real de éxito de la cooperación internacional.