Publicado en julio de 2018.
Este módulo es un recurso para los catedráticos
Reconocimiento de la víctima en el proceso judicial
Mientras que en el contexto de la justicia penal los derechos de los acusados de haber cometido un delito han sido tradicionalmente el centro de atención para el derecho de los derechos humanos, en la actualidad se ha consolidado bastante la idea de que los derechos humanos de las víctimas de delitos también requieren atención, lo que no ha sido el caso a lo largo de la historia.
Este reconocimiento surge dentro del contexto más amplio de un creciente impulso relacionado con el reconocimiento de las necesidades, derechos y condición de las víctimas dentro de los procesos judiciales nacionales e internacionales y tiene su origen en el surgimiento de la justicia restaurativa y de movimientos de defensa de los derechos de las víctimas que comenzaron a incorporarse en la década de 1980.El cambio de énfasis, especialmente en el contexto de la investigación y el enjuiciamiento penales, se produce a raíz de una mayor comprensión de las posibilidades de rehabilitación tras las violaciones manifiestas de los derechos humanos a nivel internacional (Garkawe, 2003, p. 350), así como de un enfoque más centrado en las víctimas en la búsqueda de justicia en el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos. En este contexto, los Tribunales Penales Internacionales ad hoc para la ex-Yugoslavia (TPIY) y Ruanda (TPIR), respectivamente, fueron objeto de críticas debido a que no brindaban suficiente reconocimiento a los intereses de las víctimas en estos casos o a que no les brindaron ningún papel en los procedimientos más allá del de ser testigos (Jorda y Hemptinne, 2002, p. 1389; Donant-Cattin, 1999, p. 1281), mientras que su enfoque puramente retributivo significaba que algunos comenzaran a percibir estos tribunales no solo como geográficamente destituidos, sino también conceptualmente aislados de las comunidades afectadas y de los daños sufridos y, por lo tanto, a considerar que estos tribunales tienen una relevancia limitada para una sociedad en transición (Redress, 2012).Al mismo tiempo, en situaciones en las que los mecanismos de justicia penal internacional podrían haber sido empleados, los Estados comenzaron a recurrir en su lugar a mecanismos de justicia transicional como las Comisiones de la Verdad, que fueron percibidas como un medio más favorable a las víctimas a fin de abordar las violaciones manifiestas y generalizadas de los derechos humanos y las graves infracciones del derecho humanitario (Garkawe, 2003, p. 351; Karstedt, 2010, p. 10).
La insatisfacción de las víctimas con los procesos de justicia internacional amenazaba, por tanto, el apoyo continuo a las instituciones judiciales por parte de las comunidades afectadas y, por lo tanto, ponía en peligro la legitimidad percibida de las propias instituciones, junto con cualquier medida de justicia que pudieran tratar de administrar, mientras que se reconocía que la desvinculación activa de las víctimas de los mecanismos de justicia penal afectaba al éxito de la labor de investigación y acusación tanto a nivel nacional como internacional (Wemmers, 1996). Por ello, la incorporación de más medidas enfocadas en las víctimas dentro de los procesos de justicia, tanto a nivel nacional como internacional, tal vez sea beneficiosa no solo para las víctimas sino también para el Estado o el mecanismo judicial involucrado.
En este contexto, el importante papel que deben desempeñar las víctimas del terrorismo, así como sus necesidades como víctimas, ha recibido un impulso a través de su inclusión en la Estrategia de las Naciones Unidas contra el Terrorismo (resolución 60/288 de la Asamblea General) y en las posteriores resoluciones bienales adoptadas por la Asamblea General. Esto refleja un cambio importante con respecto al período inicial luego de los ataques terroristas del 11-S, el cual centró su atención sobre todo en medidas vinculadas a la prevención, enjuiciamiento penal y otras cuestiones relativas a actividades terroristas. Además de las cuestiones relacionadas al aseguramiento de la justicia para las víctimas, otra explicación importante para este cambio fue el reconocimiento de la conexión entre la «deshumanización de las víctimas del terrorismo» y la propagación del extremismo violento (Asamblea General, informe del Consejo de Derechos Humanos 24/47, párr. 55). Durante la revisión de la Estrategia de las Naciones Unidas contra el Terrorismo en 2016, la Asamblea General una vez más deploró profundamente el sufrimiento ocasionado por el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones a las víctimas y sus familias. También expresó su profunda solidaridad con ellos y ha alentado a los Estados miembro a que les presten el apoyo y la asistencia adecuados, teniendo en cuenta, entre otras cosas, cuando proceda, las consideraciones relativas al recuerdo, la dignidad, el respeto de la justicia y la verdad, de conformidad con el derecho internacional (resolución 70/291 de la Asamblea General, párr. 24; Asamblea General, Consejo de Derechos Humanos A/HRC/35/L.27, párrs. 6-7).
La Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo aborda de forma directa la cuestión de las víctimas de actos terroristas en el preámbulo y en el Pilar I, Pilar II y Pilar IV enumera las medidas para hacer frente a las condiciones que favorecen la propagación del terrorismo, incluidas las medidas para contrarrestar la «deshumanización de las víctimas del terrorismo en todas sus formas y manifestaciones». (Pilar I, preámbulo). La Estrategia motiva la creación de sistemas nacionales de asistencia que podrían «promover las necesidades de las víctimas del terrorismo y de sus familias, así como facilitar la normalización de sus vidas». (Párr. 8).
La comunidad internacional ha puesto un empeño adicional en el análisis y la atención de las necesidades de las víctimas de manera más general a través de otras iniciativas y reconocimiento de carácter global. Por ejemplo, diversos grupos de trabajo toman en consideración cuestiones relativas a las víctimas, tales como el Foro Mundial contra el Terrorismo, el Grupo de Trabajo sobre el Sector de Justicia Penal o Estado de Derecho y el Grupo de Trabajo sobre el Apoyo a las Víctimas del Terrorismo y la Divulgación de su Situación del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo/Centro de las Naciones Unidas contra el Terrorismo. También se han organizado una serie de conferencias globales y regionales, tales como la Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos de las Víctimas del Terrorismo en 2016.Uno de los principales objetivos de estos grupos de trabajo e iniciativas ha sido alentar a los Estados a establecer sistemas nacionales de asistencia para promover las necesidades de las víctimas del terrorismo y sus familias, subrayando que las víctimas del terrorismo que han sufrido violaciones de sus derechos tienen derecho a recibir asistencia material, jurídica y psicológica.
También existe una gran variedad de esfuerzos regionales. Por ejemplo, la Unión Europea (UE) ha adoptado diversos instrumentos respecto a las víctimas del terrorismo (consulte la sección relativa a los instrumentos internacionales y regionales en materia de derechos humanos) y ha establecido una Red Europea de Asociaciones de Víctimas del Terrorismo, la cual apunta a «estimular la cooperación transnacional entre asociaciones de víctimas del terrorismo y fortalecer la representación de los intereses de las víctimas en el ámbito de la UE» (consulte más detalles en Comisión Europea, Migración y Asuntos del Interior, 2018). También ha habido iniciativas como el Programa de Estocolmo, dirigido a fortalecer herramientas clave, como la cooperación, confianza, implementación de legislación, incluida la relativa a las víctimas (consulte más detalles en El Programa de Estocolmo).
Siguiente: Marco legal
Volver al inicio