Este módulo es un recurso para los catedráticos 

 

Tema cinco: Uso de armas «menos letales»

 

El término "menos letal" designa a una gran variedad de armas, desde el bastón tradicional de la Policía hasta el gas pimienta, gas lacrimógeno, armas de electrochoque como tasersTM, balas de goma y plástico, cañones de agua y armas acústicas. Los Principios Básicos de 1990 se refieren específicamente a las «armas incapacitantes no letales» en dos de sus 26 principios. Hoy en día, raramente se utiliza este término porque se acepta que tales armas son letales en la práctica: pueden y, en efecto, llegar a matar. Por lo tanto, en 2018, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (UNHRC) alentó el establecimiento de protocolos «para la capacitación y uso de armas no letales, teniendo en cuenta que incluso las armas menos letales pueden poner en peligro una vida» (UNHRC, 2018, párr. 15).

El Principio 2 de los Principios Básicos de 1990 exhorta a los Gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley, los cuales «establecerán una serie de métodos lo más amplia posible y dotarán a los funcionarios correspondientes de distintos tipos de armas y municiones de modo que puedan hacer un uso diferenciado de la fuerza y de las armas de fuego». Entre otros, esto debe incluir «armas incapacitantes no letales para emplearlas cuando fuera apropiado, con miras a restringir cada vez más el empleo de medios que puedan ocasionar lesiones o muertes». Por lo tanto, la justificación para el uso de armas menos letales no es solo para reemplazar efectivamente las armas de fuego, sino también para reducir la cantidad de lesiones causadas durante otras situaciones en donde los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley usan la fuerza.

Sin embargo, los Principios Básicos de 1990 no respaldan incondicionalmente el uso de armas menos letales. El Principio 3 establece que: «Se hará una cuidadosa evaluación de la fabricación y distribución de armas no letales incapacitantes a fin de reducir al mínimo el riesgo de causar lesiones a personas ajenas a los hechos y se controlará con todo cuidado el uso de tales armas». Por lo tanto, la preocupación se centra en la potencial falta de distinción, a pesar de que la referencia al control cuidadoso sobre el uso de armas menos letales debe ser interpretada de manera más amplia para abarcar también el riesgo de muerte y lesiones para los objetivos previstos. En el momento de la redacción de este documento, se encontraba en curso una iniciativa para desarrollar una serie de directrices para las armas menos letales en la aplicación de la ley, la cual se titula Directrices de Ginebra sobre las armas menos letales y equipo relacionado en la aplicación de la ley, de 2018.

 
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