Este módulo es un recurso para los catedráticos
Breves antecedentes del sistema de derechos humanos
Las dos primeras generaciones de derechos se enumeran y definen en dos tratados internacionales: El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR). Ambos pactos fueron adoptados por las Naciones Unidas en 1966 y entraron en vigor en 1976. Se basan en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, y convierten a varias de sus normas declarativas en obligaciones vinculantes. Otros siete tratados «fundamentales» de derechos humanos han sido celebrados por los Estados para abordar cuestiones específicas, como la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer de 1979 (CEDAW) y la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 (CRC).
En cada uno de estos tratados se ha establecido lo que se conoce como los órganos de derechos humanos que supervisan que los Estados parte implementen las disposiciones del tratado. Por ejemplo, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas supervisa la implementación del ICCPR, y el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR, por sus siglas en inglés) supervisa la implementación del ICESCR. Además de estos órganos de derechos humanos, otros órganos dentro del sistema de las Naciones Unidas se encargan de promover los derechos humanos, tales como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) y el Consejo de Derechos Humanos (anteriormente, Comisión de Derechos Humanos). Una descripción de todos los órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas está disponible en el sitio web del ACNUDH.
En adición a los tratados universales de derechos humanos, existen tratados regionales que han sido adoptados por organizaciones regionales en África, Europa y las Américas. Estos tratados son supervisados y aplicados por los sistemas de comisiones y tribunales regionales de derechos humanos. Mientras que los tratados de derechos humanos de Europa y América se enfocan en los derechos humanos de los individuos, la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (ACHPR) va más allá de las dos primeras generaciones de derechos al definir y proteger los derechos colectivos de tercera generación, como los derechos a la libre determinación, al desarrollo, a los recursos naturales y a un ambiente satisfactorio. Un panorama general de los sistemas regionales de derechos humanos está disponible en A Rough Guide to the Regional Human Rights Systems (Una guía aproximada de los sistemas regionales de derechos humanos) de Universal Rights Group.
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