Este módulo es un recurso para los catedráticos 

 

El principio de no criminalización de las víctimas

 

Aunque el Protocolo contra la trata de personas da trato de víctima a las personas objeto de trata, no les otorga inmunidad de enjuiciamiento, detención, deportación u otras formas de castigo por delitos cometidos durante el período de su explotación, como violaciones de las leyes de inmigración y laborales, posesión y uso de documentos oficiales falsificados, prostitución o delitos relacionados con drogas. Tampoco Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Sin embargo, párrafo 5 de la Directriz 4 de Principios y Directrices recomendados sobre Derechos Humanos y Trata de Personas de OACNUDH describe que los Estados deben considerar "garantizar que la legislación impida que las personas objeto de trata sean procesadas, detenidas o sancionadas por la ilegalidad de su entrada o residencia o por las actividades en las que participan como consecuencia directa de su situación como personas objeto de trata”.

Este enfoque también se refleja en el Convenio del Consejo de Europa, la Directriz 2011/36 / UE del Parlamento Europeo y del Consejo del 5 de abril de 2011, y la Convención de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental (ASEAN) contra la trata de personas, especialmente mujeres y niños (2015):

Recuadro 24

El principio de no criminalización es importante por numerosas razones. Schloenhardt y Markey-Towler (2016, p.12) señalan, en particular, que aumenta la probabilidad de que "las víctimas salgan de su situación de trata y cooperen libremente con las autoridades policiales y otras autoridades en la investigación y enjuiciamiento de sus tratantes", (el artículo observa que el principio es todavía un tanto polémico). El principio responde al reconocimiento de que a menudo las víctimas de trata no reciben más opción de sus tratantes sino participar en conductas delictivas, así como el hecho de que, con demasiada frecuencia, "las víctimas de la trata no son tratadas como víctimas sino como delincuentes" (Elliott 2009, p. 738). 

Varios países han consagrado este principio en su ley contra la trata, cuyos ejemplos se incluyen en el Recuadro 25.

Recuadro 25
  • "Las víctimas de la trata de personas no son punibles por la comisión de ningún delito que sea resultado directo de haber sido objeto de trata". (Ley 26.364 de Argentina, Prevención y Penalización de la Trata de Personas y Asistencia a las Víctimas de Trata de 2008, art. 5);
  • "Una persona no es penalmente responsable de prostitución o entrada ilegal, presencia o trabajo en Kosovo si esa persona proporciona evidencia que respalde la creencia razonable de que fue víctima de trata". (Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo, Reglamento 2001/14 sobre la prohibición de la trata de personas en Kosovo, sección 8);
  • "Una víctima de la trata no es penalmente responsable por ningún delito relacionado con la migración, la prostitución [insertar otros delitos y referencias, según corresponda], o cualquier otro delito penal que haya sido resultado directo de ser objeto de trata". (Estados Unidos, Departamento de Estado, Oficina de Vigilancia y Lucha contra la Trata de Personas, Ley Modelo para Combatir la Trata de Personas de 2003, secc. 208);
  • "Una víctima de la trata de personas no será responsable penalmente por actos punibles relacionados con la migración, la prostitución o cualquier otro delito que sea el resultado directo de ser objeto de trata". (Ley 16/2004 de Panamá sobre Trata de Personas, art. 19);
  • “Las personas objeto de trata serán reconocidas como víctimas del acto o actos de trata y, como tales, no serán penalizadas por delitos directamente relacionados con los actos de trata [...] o por obediencia a la orden dictada por el tratante en relación con lo mismo. A este respecto, el consentimiento de una persona objeto de trata para la explotación prevista establecida en esta Ley será irrelevante". (Filipinas, Ley de combate a la trata de personas (RA Nº 9208) de 2003, artículo 17);
  • "Las penas por el delito de conducta ilegal con respecto a los documentos para promover la trata, la condición de peón, la esclavitud, la servidumbre involuntaria o el trabajo forzoso "no se aplican a la conducta de una persona que es o ha sido víctima de una forma grave de trata de personas, [...] si esa conducta es causada por, o incidental a, esa trata". (Estados Unidos, Ley de protección a las víctimas de la trata y la violencia de 2000, artículo 112);
  • "La víctima no estará sujeta a responsabilidad penal o civil de ninguno de los delitos de trata de seres humanos cuando tal delito se inicie o se asocie directamente con dicha persona como víctima". (Qatar, Ley Nº 15 de 2011 sobre la lucha contra la trata de personas, art. 4);
  • "La víctima estará exenta de las penas prescritas de acuerdo con la Ley N° 4 de 2009 sobre la regulación de la entrada, salida, residencia y patrocinio de expatriados". (Qatar, Ley Nº 15 de 2011 sobre la lucha contra la trata de personas, artículo 25);
  • El Capítulo 6 de la Ley Nº 61 de 2016 de Túnez sobre Prevención y Lucha contra la Trata de Personas establece que una víctima de la trata no será responsable de un delito que esté directamente relacionado con el delito de trata de personas del que fue víctima;
  • "La víctima no será responsable penal ni civilmente de ninguno de los delitos de trata de personas, siempre que el delito haya ocurrido o esté directamente relacionado con ser una víctima" (Egipto, Ley Nº 64 de 2010 sobre la lucha contra la trata de personas, art. 21);
  • "Cuando una persona proporcione evidencia de que es una víctima, no será sujeto de juicio por ningún delito contra las leyes de inmigración o prostitución que sea el resultado directo del delito de trata de personas cometido contra ella". (Jamaica, Ley para establecer disposiciones para dar efecto al Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, y para asuntos relacionados con ella, 2007, art. 8.

La inmunidad otorgada por algunos países está condicionada a que la víctima ayude o coopere con las autoridades policiales y judiciales para procesar a los tratantes. Por ejemplo:

  • “Si la víctima de la trata de personas o del tráfico ilícito de migrantes coopera o proporciona la identidad de los tratantes o tratantes o proporciona información útil para su captura, puede ser eximida de la responsabilidad penal”. (República Dominicana, Ley 137-03 sobre tráfico ilícito de migrantes y trata de personas de 2003, art. 8);
  • "La víctima de la trata de seres humanos estará exenta de responsabilidad penal por los delitos cometidos por ella en relación con este estatus, siempre que acepte cooperar con el organismo de aplicación de la ley en el caso correspondiente". (Moldavia, Código Penal, art. 165(4)).
Recuadro 26

Detener la criminalización de las víctimas

Nina se escapó de su casa a los 14. Conoció a una mujer que la colocó en una habitación de hotel y le trajo "clientes". Durante los siguientes 13 años, Nina tuvo 20 proxenetas diferentes que la publicitaron sexualmente en Internet y la maltrataron verbal y físicamente. Cuando Nina, cuyo nombre real no revelaré para ayudar a proteger su identidad, fue finalmente remitida a los servicios a las víctimas, había sido condenada por 52 delitos, en su mayoría prostitución, pero también por robo y uso de una identificación falsa. Había pasado tiempo tanto en la correccional de menores como en la cárcel. ¿Debería Nina tener antecedentes penales? Las ramificaciones de los antecedentes penales son muy reales, ya sea para un sobreviviente de trata sexual que no puede obtener un trabajo o alquilar un apartamento debido a arrestos previos por prostitución; o una trabajadora doméstica que ha huido de su hogar abusivo y necesita protección pero, a cambio, es penalizada por violar las leyes de inmigración de los E.E.U.U. o aquellos obligados por grupos criminales organizados a producir, transportar y vender drogas. Esta es una realidad con la que muchos gobiernos locales y funcionarios encargados de hacer cumplir la ley se enfrentan debido a la creciente conciencia sobre la trata de personas, también conocida como esclavitud moderna, y la comprensión de quiénes son las víctimas. Ahora sabemos que algunas de las personas que están siendo criminalizadas son las que necesitan la mayor protección. Hace poco, hablé en la reunión de invierno de la Asociación Nacional de Fiscales Generales en Washington D.C. en apoyo de las leyes de vacatur para las víctimas de trata de personas condenadas por delitos no violentos cometidos como resultado directo de su victimización. Algunos estados de los EE.UU. han promulgado disposiciones que brindan a los sobrevivientes la capacidad de solicitar una orden judicial para anular condenas penales contra ellos que resultaron de su situación de trata. Estas leyes son necesarias, con frecuencia, las víctimas que se ven obligadas a cometer un delito son confundidas con criminales por los agentes del orden público y funcionarios judiciales. Muchas víctimas de trata sexual y laboral, tanto aquí como en Estados Unidos y en todo el mundo, permanecen sin ser detectadas entre las personas que han cometido delitos porque temen presentarse y que la policía carezca de las medidas adecuadas de detección e identificación de víctimas.

(…)

Si bien los esfuerzos del gobierno nunca podrán borrar por completo el trauma que resulta de la trata de personas, podemos comenzar por mejorar nuestras leyes y políticas para garantizar que las víctimas de la trata de personas no sean procesadas por delitos que han sido forzados a cometer en primer lugar. Si son procesados y condenados, debemos tener un sistema establecido para invalidar o eliminar los antecedentes penales de las víctimas de la trata. En 2010, Nueva York se convirtió en el primer estado en aprobar un ley que permite a los sobrevivientes de la trata de anular sus condenas por la prostitución delitos. En 2013, La ley de la Florida fue aún más lejos, que prevé la eliminación de "cualquier condena por un delito cometido mientras ser era víctima de la trata de personas. Las leyes de Vacatur brindan a las víctimas de la trata no solo la oportunidad de corregir las injusticias del pasado, sino que también las ayudan a reconstruir sus vidas. Al menos un estudio encontró que un 80 por ciento o más de los empleadores en los Estados Unidos usan verificaciones de antecedentes penales durante su proceso de empleo. Vacatur aumenta la capacidad de un sobreviviente para encontrar trabajo, lo que reduce las vulnerabilidades económicas y el riesgo de ser nuevamente objeto de tráfico.

(…)

Los sobrevivientes de la trata de personas merecen un nuevo comienzo y un futuro lleno de potencial y posibilidades, sin el estigma y el dolor de la trata de personas que los persiguen para siempre.

CNN Freedom Project, Stop criminalizing the victims (17 de marzo de 2016)
Recuadro 27

La experiencia de Luz con la criminalización

Luz, una mujer de 33 años tratada a Estados Unidos desde América Latina, tuvo múltiples encuentros con el Sistema de Justicia Penal de Nueva York que la dejaron sintiéndose asustada, confundida y sin poder. Ella explicó: "Cada vez que [la policía] allanaba un lugar donde yo trabajaba, tenía mucho miedo. La policía nos llevaría a mí y a las otras mujeres que trabajaban allí a un recinto policial, donde tomarían nuestras huellas dactilares y nos retendrían en una celda durante la noche. ...A veces, el propietario de la casa enviaba un abogado para que nos representara... Hablaba con todas las mujeres juntas y nos decía que cuando compareciéramos ante el juez, debíamos decir que éramos culpables... Cuando comparecía ante el juez, [el abogado] sostenía toda la charla en inglés. Yo no decía nada. Había un intérprete, pero realmente no entendía lo que estaba pasando. Estaba nerviosa y confundida todo el tiempo". Incluso después de escapar de su situación de trata, Luz quedó atrapada en la pobreza y las dificultades que resultaron de haber sido tratada en la industria del sexo, exponiéndola a una explotación continua: “No tenía dinero y tenía un hijo pequeño que mantener, y por eso tenía que seguir trabajando. Aunque deseaba desesperadamente dejar de trabajar en la prostitución, no podía hacerlo de inmediato porque debía dinero del alquiler y la comida de mi familia. Traté de encontrar otro trabajo, pero no hablaba inglés, no estaba en el país  legalmente y no sabía qué más hacer. Sin amigos, apoyo financiero ni documentos de trabajo, no tenía otra manera de mantenerme a mí misma y a mi hijo. Por lo tanto, lamentablemente continué en lo único que sabía hacer". Cuando Luz finalmente pudo liberarse de la prostitución, descubrió que sus convicciones constituían una gran barrera para seguir adelante con su vida:

“He trabajado en muchos trabajos diferentes desde que dejé la prostitución, pero siempre es difícil encontrar un empleo que me pague lo suficiente para cubrir mis gastos y cuidar de mis hijos. …completé un programa para certificarme como asistente de atención médica domiciliaria. Tan pronto como recibí la certificación, presenté una solicitud para que la enlistara una agencia de atención médica a domicilio, pero la rechazaron debido a mis antecedentes penales. "Creo que una razón fundamental por la que me ha costado tanto encontrar y conservar un trabajo son las condenas penales relacionadas con la prostitución que se encuentran en mi historial".

Cuny School of Law, Clearing the Slate: Seeking Effective Remedies for Criminalized Trafficking Victims (2013)
 
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