Este módulo es un recurso para los catedráticos 

 

Derechos de las víctimas a la justicia y protección

 

Las víctimas de la trata deben recibir la debida protección para alentarlas a declarar contra los tratantes y garantizar que se respeten sus derechos en todos los procedimientos de justicia penal. En muchas jurisdicciones, se deben enmendar las leyes o promulgarse nuevas disposiciones para garantizar que las víctimas, que a menudo temen o experimentan la intimidación y las represalias de los tratantes, estén protegidas de manera efectiva. Además, las leyes deben tener en cuenta específicamente las necesidades especiales de los testigos de las víctimas, incluidos los niños. Esto forma parte de un enfoque de la trata de personas basado en los derechos humanos (explorado más a fondo en el Módulo 8; UNODC, 2009). Un enfoque demasiado fuerte en la justicia penal también puede tener un efecto perjudicial en las víctimas, especialmente cuando las medidas de protección están vinculadas exclusivamente a quienes cooperan con las autoridades (George, McNaughton y Tsourtos, 2017, p. 90). Para más información sobre este problema, véase el Módulo 11: Serie de módulos de universitarios de Justicia para Víctimas de la Justicia Penal y Prevención del Delito.

Como señalan McSherry y Cullen (2007, p. 219), “al parecer los procesos penales a menudo son más exitosos cuando los derechos humanos se toman en cuenta a través de programas integrales de apoyo a las víctimas. Los enjuiciamientos exitosos se basan en gran medida en el testimonio de las víctimas y tal evidencia es más accesible en un entorno en el que las víctimas se sienten apoyadas. Si se pone demasiado énfasis en la trata de personas como un problema de justicia penal, existe el peligro de que la víctima sea vista simplemente como un testigo de la acusación”.

Hay numerosos pasos que los Estados deben tomar para garantizar que se respeten los derechos y la protección de las víctimas durante los procesos de justicia penal. Estos incluyen la provisión de asistencia legal y ayuda cuando sea apropiado para las víctimas. Según lo observado por Principios y Directrices de las Naciones Unidas sobre el Acceso a la Asistencia Jurídica en los Sistemas de Justicia Penal, un sistema de asistencia legal efectivo puede reducir la cantidad de tiempo que las víctimas (y los delincuentes) pasan en el proceso del juicio, puede reducir la revictimización y la reincidencia, y también puede 'contribuir a la prevención del delito al aumentar la conciencia de la ley' (párrafo 3). En términos generales, las víctimas deben ser tratadas con compasión y respeto por su dignidad. Según lo declarado por Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder, las víctimas de delitos (incluidas las víctimas de trata) deben tener "derecho a acceder a los mecanismos de justicia y a una pronta reparación, según lo previsto por la legislación nacional, por el daño que han sufrido" (párrafo 4). Entre otras cosas, deben respetarse sus opiniones, debe garantizarse su privacidad y deben evitarse las demoras innecesarias en los procedimientos de justicia penal.

Integralmente, las víctimas de la trata también deben estar protegidas de la intimidación o represalia. El artículo 24 (1) de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional establece:

"Cada Estado Parte adoptará las medidas apropiadas dentro de sus medios para brindar protección efectiva contra posibles represalias o intimidaciones para los testigos en procesos penales que den testimonio sobre delitos contemplados en la presente Convención y, según corresponda, para sus familiares y otras personas cercanas a ellos".

El Artículo 23 ordena la criminalización de los intentos de interferir con el proceso de justicia penal, incluso mediante diversas formas de obstrucción, el uso de la fuerza física, amenazas o intimidación. Del mismo modo, el Convenio del Consejo de Europa dispone, en el artículo 30, que:

"Cada Parte adoptará las medidas legislativas o de otra índole que sean necesarias para garantizar en el curso de los procedimientos judiciales:

  • la protección de la vida privada de las víctimas y, en su caso, su identidad;
  • la seguridad de las víctimas y protección contra la intimidación, de conformidad con las condiciones de su legislación interna y, en el caso de las víctimas infantiles, cuidando especialmente las necesidades de los niños y garantizando su derecho a medidas especiales de protección".

Muchos Estados han establecido mecanismos de protección de testigos que no son necesariamente específicos de las víctimas de la trata, pero que pueden y deben aplicarse a ellas. Cuando no existan estos mecanismos de protección de testigos, deben promulgarse y desarrollarse leyes de protección de testigos y programas de protección de fondos (UNODC, 2009).

La experiencia ha demostrado que las principales preocupaciones de las víctimas son comúnmente:

  • Su seguridad personal y la de sus familiares y otras personas cercanas a ellos.
  • La confidencialidad y el riesgo de divulgación de información confidencial a su familia, su comunidad o los medios de comunicación. El temor a la estigmatización en casos de explotación sexual puede ejercer una influencia poderosa en las decisiones de la víctima.
  • Miedo a estar en la presencia física de su(s) tratantes(s). Este es un temor genuino y, a veces, debilitante, especialmente en los casos en que las víctimas han sufrido abuso sexual y físico (IOM, 2007).

A pesar de la experiencia y las buenas intenciones de los oficiales de policía y los fiscales, las víctimas pueden estar preocupadas por la autoprotección y la supervivencia, y por lo tanto pueden ser testigos renuentes. El arresto y los cargos de los tratantes, por ejemplo, no tranquilizan automáticamente a las víctimas. En este sentido, las víctimas deben sentirse seguras y saber que sus tratantes no están cerca (Oficina para Víctimas del Crimen). Como tal, el apoyo adecuado y la protección de las víctimas en todas las etapas del proceso de justicia penal es esencial para proteger sus derechos como víctimas de delitos, así como para su participación segura y efectiva en el procesamiento de los tratantes.

El siguiente rango de medidas de protección puede aplicarse a las víctimas y sus familias:

  • Reubicación.
  • Nuevo alojamiento.
  • Cambio de identidad.
  • Protección física.

El nivel y la naturaleza de las medidas de seguridad / protección pueden cambiar a lo largo del proceso de justicia penal:

  • Seguridad previa al juicio: Los componentes importantes de la protección comienzan durante la fase de investigación y preparación de casos. Se debe mantener informadas a las víctimas sobre todos los procedimientos y circunstancias, incluyendo, por ejemplo, explicar lo que está sucediendo, cuánto tiempo pueden tomar los procesos y las razones por las cuales sus pertenencias personales pueden haber sido retiradas para ser usadas como evidencia. Las víctimas también pueden recibir asistencia en la fase previa al juicio brindándoles asesoramiento u otro apoyo emocional.
  • Detención preventiva de sospechosos: cuando sea apropiado y consistente con los derechos de los acusados, las solicitudes de libertad bajo fianza deben ser rechazadas y los tratantes deben ser detenidos. Esto puede ser útil para prevenir formas de represalia contra las víctimas y las familias, al tiempo que mejora su sentido de seguridad. La detención preventiva también es útil para evitar que el sospechoso manipule las pruebas, soborne o pague a la víctima u otros testigos.
  • Seguridad durante el juicio: Para ayudar a las víctimas a presentar pruebas ante los tribunales, algunos países han introducido medidas especiales para testigos vulnerables, entre ellas:

(a) Permitir que las víctimas presenten evidencia por circuito cerrado de televisión o enlace de video, o alternativamente desde detrás de una pantalla, en lugar de en el propio tribunal.

(b) Imponer límites a la capacidad de los acusados y miembros del público para tener contacto o comunicarse con las víctimas, incluida la salida del público cuando se da un testimonio delicado o vergonzoso.

(c) Permitir que una persona de apoyo esté presente y se siente cerca de la víctima cuando presente evidencia (o que un trabajador social o consejero se siente con los niños o esté cerca de ellos cuando testifiquen).

(d) Permitir que las pruebas proporcionadas en un juicio sean admitidas como evidencia en juicios posteriores para minimizar el riesgo de retraumatización.

(e) Permitir que las víctimas que residen en el extranjero den evidencia mediante un enlace de video en lugar de incurrir en los riesgos y costos de viajar al país en el que se realiza el juicio y cuando la seguridad sea un problema mayor.

(f) Proteger la identidad de las víctimas y sus familias mediante la prohibición y la creación de delitos para la publicación no autorizada de sus nombres y los detalles de identificación.

Estas medidas tienen como objetivo garantizar que las víctimas puedan brindar su mejor testimonio posible, minimizando el riesgo de intimidación, mayores traumas, temor por la seguridad personal y / o vergüenza pública innecesaria. Sin embargo, se debe advertir a las víctimas, primero, que estas medidas deben equilibrarse con los derechos de los demandados a un juicio justo y, segundo, que a menudo es difícil predecir cómo un juez ejercerá discreción al considerar tales medidas (Proceso de Bali 2015).

Principios y Directrices Recomendados sobre Derechos Humanos y Trata de Personas OACNUDH 2002 proporciona una serie de principios rectores para garantizar una respuesta adecuada de las autoridades. La Directriz 5 recomienda que los Estados

[Hagan] los esfuerzos apropiados para proteger a las personas víctimas de trata durante el proceso de investigación y juicio y cualquier período posterior cuando la seguridad de la persona tratada así lo requiera. Los programas de protección adecuados pueden incluir algunos o todos los siguientes elementos: identificación de un lugar seguro en el país de destino; acceso a asesoría legal independiente; protección de la identidad durante los procedimientos judiciales; identificación de opciones de permanencia, reasentamiento o repatriación.

Recuadro 13

Modelos de protección de testigos

Filipinas

La Ley de Protección, Seguridad y Beneficios de Testigos de Filipinas proporciona protección, incluida la reubicación y divulgación limitada o no divulgación de información sobre la identidad y el paradero de personas protegidas, testigos y, según corresponda, sus familiares. 

Italia

Según la ley italiana, la principal forma de proteger la seguridad de la persona tratada cuando da testimonio es mediante el uso del incidente probatorio (audiencia previa al juicio de pruebas especiales). Es una audiencia cerrada y se usa generalmente en los casos en que existe el peligro de que se pueda interferir con la evidencia. También se puede usar en casos donde los testigos pueden ser presionados para no declarar o si existe el riesgo de que abandonen el país antes de que comience el juicio. 

Portugal

La ley de protección de testigos en Portugal prevé la ocultación de testigos o testimonios a través de teleconferencia, si la información proporcionada por el testigo representa un riesgo grave para el testigo o sus familiares. Sin embargo, las víctimas pueden participar en el proceso penal no solo como testigos, sino también como personas afectadas que reclaman una indemnización del tratante. En tales casos, también podrían ser necesarias medidas de protección. En Portugal, los testimonios o declaraciones en video son admisibles a solicitud del fiscal, el acusado o el testigo. La ubicación desde donde se transmite el testimonio debe ser un edificio público, preferiblemente un tribunal, una estación de policía o una prisión, que ofrezca las condiciones adecuadas para el uso de los dispositivos técnicos necesarios. El tribunal puede restringir el acceso a esta ubicación, permitiendo sólo al personal técnico, los funcionarios o personal de seguridad que se considere estrictamente indispensable. Durante el testimonio, un juez de escolta debe estar presente.

UNODC, Manual para la lucha contra la trata de personas, Capítulo 5: Aplicación de la ley y enjuiciamiento (2008)
Recuadro 14

Lecciones aprendidas

Filipinas

En Filipinas, el Departamento de Justicia se encarga de coordinar el programa nacional de protección de testigos. Otras agencias gubernamentales también están involucradas, dependiendo de sus respectivos mandatos y responsabilidades, en varios aspectos del programa. Se desarrolló un memorando de entendimiento interdepartamental para delinear las responsabilidades respectivas de los diversos departamentos: el Departamento de Salud debe ayudar al Departamento de Justicia proporcionando a los testigos tratamiento médico y hospitalización; el Departamento de Trabajo y Empleo ayuda a los testigos a obtener un empleo y medios de subsistencia; el Departamento de Bienestar Social y Desarrollo brinda asistencia a los testigos con respecto a los servicios de capacitación, intervención en situaciones de crisis y ayuda para enfrentar las reacciones traumáticas; y la Oficina Nacional de Investigación y la Policía Nacional son responsables de proporcionar seguridad personal para el testigo y su familia. Este enfoque coordinado involucra a todos los actores gubernamentales relevantes y, por lo tanto, cubre los muchos aspectos de los programas de protección de testigos más allá de la protección física. 

Sudáfrica

La experiencia en Sudáfrica revela que una agencia centralizada de protección de testigos únicos en un ministerio del Gobierno (por ejemplo, el Ministerio de Justicia) puede ofrecer una mayor garantía de protección efectiva de testigos y ayudar a prevenir fallas derivadas de la incompetencia o la corrupción. Dicha agencia organizada y administrada centralmente debe tener su propio presupuesto, fondos adecuados, una base de datos central segura, que incluya datos sobre los testigos que participan en programas de protección en todo el país y casas de seguridad. También es aconsejable establecer una unidad de policía especializada responsable de llevar a cabo las medidas de protección, ya que el uso de unidades de policía normales sobre una base ad hoc puede comprometer la integridad del programa y evitar que se acumule la experiencia necesaria.

UNODC, Manual para la lucha contra la trata de personas, Chapter 5: Law Enforcement and Prosecution (2008)
Recuadro 15

Prácticas operativas prometedoras

Paladin Child (Reino Unido)

La "Operación Paladin Child" se llevó a cabo en 2004. Esta iniciativa consistió en el registro de los datos personales de todos los niños que llegan a puestos fronterizos en todo el Reino Unido, que fueron evaluados con posibilidad de estar en riesgo de trata o explotación. A cada niño se le emitió un número de identificación, se le tomó una fotografía y se le pidió que dijera dónde viviría en el Reino Unido. Si el niño no pudiera ser localizado en la dirección dada durante las visitas posteriores del personal de servicios sociales, se abriría una investigación. También se registraron los datos de los adultos que recibían a los niños no acompañados en aeropuertos o puertos.

Grupo de trabajo contra la trata de personas (Myanmar)

El Ministerio de Asuntos Humanos es el órgano principal que trabaja contra la trata de personas en Myanmar. Dentro del Ministerio, el Departamento de Delitos Transnacionales es responsable de los problemas de trata y estableció la Unidad de lucha contra el tráfico en junio de 2004 para investigar los delitos de trata. Los 32 oficiales de policía que inicialmente formaron parte del personal de la unidad recibieron capacitación especializada en el proyecto de Cooperación Regional Asiática para Prevenir la Trata de Personas, financiado por Australia (ahora el proyecto de Trata de Personas Regional de Asia en su posterior fase de operación). La unidad inició varias investigaciones exitosas de trata y en enero de 2006 estableció nueve grupos de trabajo locales contra la trata de personas en puntos conflictivos de tráfico. Estos grupos de trabajo actúan como puntos focales para las investigaciones y son puntos focales potenciales para colegas internacionales que buscan colaboración transfronteriza con agentes de la ley contra la trata de personas en Myanmar.

UNODC, Manual para la lucha contra la trata de personas, Capítulo 5: Aplicación de la ley y enjuiciamiento (2008)
 

Niños víctimas / testigos

Al procesar casos de trata de personas, siempre se deben tener en cuenta los derechos especiales, las necesidades y las vulnerabilidades de los niños. Los niños son sujetos de numerosos derechos más allá de los otorgados a los adultos en virtud del derecho internacional. En particular, todas las medidas adoptadas por los Estados deben tener en cuenta el interés superior del niño como una consideración primordial (Convención sobre los Derechos del Niño, artículo 3). Los derechos y las normas de protección de los niños se explican con más detalle en el Módulo 8Módulo 12   así como en la Serie de módulos universitarios sobre Prevención del Delito y Justicia Penal (véase Módulo 12 sobre Violencia contra los niños y Módulo 13 sobre Justicia para los niños).

En el contexto de los procedimientos legales, las medidas adicionales de protección que van más allá de las garantizadas a los testigos adultos deben proporcionarse a los niños. Estas pueden incluir técnicas especiales de entrevista, así como instrucciones de testigos vulnerables por parte de jueces de juicio para evitar que testifiquen en presencia de su abusador. En algunas jurisdicciones, se utiliza la grabación audiovisual de las audiencias de niños, mientras que en otras, los niños pueden comparecer ante el tribunal detrás de una pantalla para evitar que vean al acusado (UNODC, Unión Interparlamentaria y UN.GIFT, 2009) . Varias directrices internacionales deben informar el tratamiento y la protección de los niños durante los procedimientos penales. Estos incluyen Manual sobre la Justicia en Asuntos Concernientes a los Niños Víctimas y Testigos de Delitos para Uso de Profesionales y Encargados de la Formulación de Políticas entre otros.

Recuadro 16

Directrices modelo para el enjuiciamiento efectivo de delitos contra niños

Con respecto a los procedimientos del juicio, las pautas modelo establecen que los fiscales deben facilitar el desarrollo, la disponibilidad y el uso de procedimientos para ayudar al niño a dar testimonio. Los fiscales deben consultar con el niño, ayudarlo a tomar una decisión informada respecto al uso de los procedimientos y solicitar al tribunal que establezca procedimientos para el niño durante el juicio. Los procedimientos varían según la jurisdicción, pero pueden incluir:

(a) Permitir una declaración grabada en video de la evidencia del niño

(b) El uso de la televisión de circuito cerrado

(c) Arreglos alternativos para dar evidencia, tales como pantallas

(d) Permitir la presencia de una persona de apoyo o defensor mientras el niño da evidencia

(e) Uso de un intermediario para ayudar a los niños testigos a dar evidencia

(f) Prohibir al acusado interrogar a la víctima infantil en persona

(g) Objetar un interrogatorio agresivo o inadecuado por parte de la defensa

(h) Cerrar el tribunal al público

(i) La prohibición de los medios de comunicación

(j) Reducir la formalidad de la sala del tribunal con medidas tales como prescindir de las togas de los defensores

Asociación Internacional de Fiscales y Centro Internacional para la Reforma del Derecho Penal y la Política de Justicia Penal, Model Guidelines for the Effective Prosecution of Crimes Against Children (2017)
 
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