Este módulo es un recurso para los catedráticos 

 

Temas principales

 

Términos clave

Este módulo de «alternativas al encarcelamiento» se enfoca en el término «medidas no privativas de la libertad» como se definió en el Comentario sobre las Reglas de Tokio . Por consiguiente, el término medidas no privativas de la libertad se refiere a «cualquier decisión que adopte una autoridad competente, en cualquier etapa de la administración de la justicia penal, la cual requiere una persona sospechosa, acusada o sentenciada por un hecho delictivo sujeto a determinadas condiciones u obligaciones que no incluyan el encarcelamiento» (1993, pág. 3). En particular, se refiere a las medidas «que requieren que un delincuente permanezca en la comunidad y que cumpla con ciertas condiciones» (1993, pág. 3).

El Comentario sobre las Reglas de Tokio explica además que el término delincuente se refiere a «todas las personas sujetas a una acusación, juicio o cumplimiento de una sentencia», y, además, se usa en un sentido genérico, sin restarle valor a la presunción de su inocencia o a los derechos de las personas acusadas. El término autoridad competente se refiere a «un miembro del poder judicial, un fiscal o una persona que tiene poder según la ley para tomar decisiones sobre la imposición o implementación de una medida no privativa de la libertad» [cita traducida] (1993, pág.3).

 
 
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