El Secretario General presentó la Política de Diligencia Debida en materia de Derechos Humanos en el contexto del Apoyo de las Naciones Unidas a Fuerzas de Seguridad Ajenas a la Organización (PDDDH) y ordenó a todas las entidades de las Naciones Unidas que estuvieran considerando la posibilidad de brindar apoyo a fuerzas de seguridad ajenas a la Organización, incluidos efectivos de las Fuerzas Armadas, la policía nacional y fuerzas encargadas de mantenimiento de la paz en particular las fuerzas regionales de apoyo, para cumplirla. La Política fue remitida por el Secretario General al Presidente de la Asamblea General de las Naciones Unidas y al Presidente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en cartas idénticas el 25 de febrero de 2013.
En la PDDDH se describen las medidas de diligencia debida que las entidades de las Naciones Unidas deben aplicar como parte del alcance de sus mandatos, para asegurarse de que el apoyo que brindan a las fuerzas de seguridad ajenas a las Naciones Unidas sea compatible con los propósitos y los principios de la Organización en su Carta y su responsabilidad de respetar, promover y fomentar la observancia del derecho internacional humanitario, de los derechos humanos y de los derechos de refugiados.
Asimismo, la política se basa en las normas y obligaciones existentes que los Estados han aceptado al incorporarse como miembros de las Naciones Unidas, al reconocer las normas que se establecen en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y al aceptar las obligaciones que dimanan de los principales instrumentos internacionales.
En 2015 se elaboró una nota de orientación interinstitucional para promover la aplicación de la PDDDH en todos los departamentos, organismos, fondos y programas, sobre la base de la experiencia de la aplicación de la Política en diferentes países y contextos. El texto de la política, de carácter obligatorio, se adjunta a la nota. La nota de orientación, que debe leerse en conjunto con la Política, aclara algunos aspectos sobre ella, sugiere un marco de aplicación nacional adaptado a diversos contextos (que abarca la comunicación de la política, la evaluación de los riesgos y las medidas de mitigación, un marco de seguimiento y los procedimientos intervención cuando se cometen infracciones graves), e incluye ejemplos y modelos.
Además, en enero de 2019 el Comité ejecutivo del Secretario General instó a “todas las entidades correspondientes a desarrollar sus propios procedimientos internos para la aplicación de la PDDDH, entre otras cosas mediante su incorporación a los procesos institucionales y financieros, el desarrollo de orientación y la designación de coordinadores”. A este respecto, la UNODC ha elaborado su propia lista interna de control para la evaluación de los riesgos de derechos humanos, y está en el proceso de diseñar sus propias orientaciones y procedimientos internos.
La función de la UNODC en la promoción de la paz, la seguridad y los derechos humanos se fundamenta en todas sus esferas de mandatos. Nuestra labor dirigida a apoyar a los Estados para que fortalezcan su capacidad en torno a la prevención y la lucha contra el delito, la corrupción, la violencia, el terrorismo, las drogas y el extremismo violento no solo se basa en los instrumentos jurídicos referidos a las drogas, el delito y la corrupción y en las Reglas y normas de las Naciones Unidas en la esfera de la prevención del delito y la justicia penal, sino también en la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional humanitario.
Si bien la UNODC siempre intenta promover los derechos humanos al brindar asistencia, también está al tanto de los desafíos que existen o pudieran surgir en contextos específicos y los comprende, y aunque brinda respuestas adaptadas a cada situación, es sumamente cuidadosa para que sus actividades de asistencia técnica no impliquen el riesgo de facilitar o propiciar el abuso de los derechos humanos.
Además, como organismo de las Naciones Unidas, la UNODC aplica, en la medida que corresponda, la Política de Diligencia Debida de las Naciones Unidas en materia de Derechos Humanos y su lista de control para la evaluación de los derechos humanos, ambos documentos que exigen la realización de evaluaciones de los derechos humanos y la adopción de medidas de mitigación.
En el ciclo de programación de la UNODC (fijación de estrategia - desarrollo del programa - movilización de recursos - ejecución y seguimiento - evaluación) se incluye la dimensión de los riesgos en materia de derechos humanos y su mitigación. Se exige que los documentos de programas y proyectos incluyan datos de referencia sobre el contexto y los derechos humanos para determinar los efectos de las actividades propuestas sobre los derechos humanos, así como información sobre los riesgos y las estrategias de mitigación de riesgos. Además, se llevan a cabo evaluaciones periódicas del desempeño, que incluyen cuestiones de derechos humanos, por ejemplo mediante la presentación de Informes Anuales de Progreso del Programa por parte de todos los directores de programas/proyectos de la UNODC.