UNODC comparte estándares internacionales, buenas prácticas y lecciones aprendidas sobre normativas de drogas
La Paz, 17 de septiembre de 2015 (Naciones Unidas).- La Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito (UNODC por su sigla en inglés) ha compartido con el gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia información y documentación sobre estándares internacionales, buenas prácticas y lecciones aprendidas en materia de normativas de sustancias controladas.
La UNODC y la Fundación Friedrich Ebert Stiftung (FES), en coordinación con el Viceministerio de Defensa Social y Sustancias Controladas, realizaron, este jueves 17, un taller y un conversatorio, sobre esta temática. Ambos encuentros se efectuaron en el marco del proyecto "Programa de Apoyo de la UNODC a la Implementación del Plan de Acción de la Estrategia de Lucha Contra el Narcotráfico y Reducción de Cultivos Excedentarios de Coca, 2011-2015 (ELCNyRCEC) del Estado Plurinacional de Bolivia (EPB)", financiado por la Unión Europea y el Reino de Dinamarca.
Hernán Quisbert, Jefe de la Unidad Jurídica del Viceministerio de Defensa Social y Sustancias Controladas; Adolfo Soria, especialista en desarrollo constitucional del Viceministerio de Justicia y Derechos Fundamentales; Jorge Paladines, experto en política y legislación de drogas y Asesor Público Regional de la Defensoría Pública del Ecuador; David Tezanos Pinto, Director del Servicio de Defensa Publica Plurinacional; Daniel Agramont, Coordinador del Programa de Seguridad Regional de la FES, y Antonino De Leo, Representante de la Oficina País de la UNODC en Bolivia, reflexionaron sobre la normativa en materia de drogas con académicos y las representaciones de otras instituciones del Estado, la cooperación internacional y organizaciones de la sociedad civil que trabajan en el sistema penitenciario y con las personas privadas de libertad, entre otros.
Como reacción ante esta problemática, muchos países han fijado penas rigurosas para el consumo de drogas y los delitos conexos que han dado lugar al encarcelamiento de un gran número de personas, sin que estas penas hayan tenido una repercusión importante a mediano y largo plazo en el consumo de drogas, la drogodependencia, ni en los delitos relacionados con las drogas en la comunidad.
La drogodependencia es considerada por la ciencia como un trastorno crónico multi-factorial que afecta al cerebro. Una creciente evidencia indica que el inicio del consumo de drogas y el desarrollo de la dependencia no pueden ser considerados como la elección aislada de un individuo, sino como la expresión del comportamiento de un conjunto complejo de vulnerabilidades y condiciones psicobiológicas.
Entre los estándares internacionales, buenas prácticas y lecciones aprendidas sobre la normativa de drogas, se destacó la adopción de un enfoque centrado en la salud en relación a los usuarios de drogas ilícitas y los drogodependientes; el principio de proporcionalidad de la pena, evitando también sentencias mínimas obligatorias para delitos relacionados con drogas, así como la aplicación de medidas sustitutivas de la condena o la pena a los delitos menores relacionados con drogas.
Enfoque centrado en la salud
En los tratados internacionales de fiscalización de drogas se alienta la adopción de un enfoque de orientación sanitario en relación al consumo ilícito de drogas y la drogodependencia, en lugar de inclinarse únicamente a un enfoque punitivo.
La Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988 establece que en el caso de delitos que entrañan la posesión, la adquisición o el cultivo de drogas ilícitas para uso personal, el tratamiento, la educación, el post-tratamiento, la rehabilitación y la integración social basados en la comunidad representan medidas sustitutivas más eficaces y proporcionadas a la condena, incluida la detención.
En el caso de los consumidores de drogas que no son drogodependientes, el enfoque de salud pública puede consistir en: impartir educación, suministrar información fiable, proporcionar brevemente orientación con respecto a la motivación y el comportamiento y adoptar medidas para facilitar la reintegración social y reducir el aislamiento y la exclusión social. En el caso de los drogodependientes, ese enfoque puede entrañar también un apoyo social más amplio y tratamiento farmacológico y psicosocial más específico, así como atención y cuidado ulterior.
Proporcionalidad de las penas
La proporcionalidad de las penas es un principio fundamental establecido en acuerdos internacionales y regionales. Según este principio, los gobiernos deberían adoptar sanciones proporcionadas a los delitos, inclusive los de drogas. En línea con la Convención de 1988, en la imposición de penas por delitos de drogas algunos países distinguen entre el tipo de droga, la escala de la actividad ilícita (narcotráfico o traficantes organizados de larga escala; delito de droga de menor escala; personas que dependen de las drogas y aquellas que consumen drogas de forma ocasional), así como delitos violentos y no violentos, el papel y la motivación de la persona que ha cometido el delito.
Medidas sustitutivas de la condena o la pena para delitos menores
La Comisión de Estupefacientes, el principal organismo encargado de la formulación de políticas del sistema de fiscalización de estupefacientes de las Naciones Unidas, de la cual Bolivia es miembro, en una resolución aprobada en marzo de 2015 (Resolución 58/5), "invita a los Estados Miembros a que, mediante la colaboración entre las autoridades de salud y de justicia, apliquen una amplia variedad de medidas sustitutivas de la condena o la pena a los delitos menores pertinentes relacionados con las drogas, a fin de mejorar la salud pública y la seguridad de las personas, las familias y la sociedad". (Acceda a la Resolución 58/5 en el siguiente enlace).
En este sentido, la comunidad internacional aboga por la mitigación de las consecuencias penales de delitos menores relacionados a las drogas y por la introducción de un sistema más balanceado de sanciones, que tome en cuenta y refleje la seriedad del delito.
Es oportuno destacar que la definición de delitos menores pertinentes relacionados con las drogas o infracciones de carácter leve es una prerrogativa exclusiva de cada uno de los Estados parte, según la Convención de 1988.
Se recomienda, también, prescindir de la detención preventiva en el caso de delitos menores relacionados con drogas y no violentos, después de su detención y durante la fase de investigación.
La UNODC hizo referencia al "Manual de principios básicos y prácticas prometedoras en la aplicación de medidas sustitutivas del encarcelamiento". El Manual se centra en la utilización de alternativas en las siguientes etapas del sistema de justicia penal: antes de la sentencia, cuando se dicta sentencia y cuando se decide la encarcelación anticipada de personas condenadas a penas de prisión. En el Manual se destacan también diversas estrategias para reducir las penas de prisión aplicadas a cuatro grupos importantes de población: las mujeres, los niños, los drogodependientes y los enfermos mentales. Este documento ofrece orientaciones para integrar las reglas y normas internacionales basadas en los derechos humanos en las políticas y normas nacionales. (Acceda a este Manual en el siguiente enlace).
Otras medidas sugeridas
Otras medidas sugeridas por la UNODC en Bolivia incluyen orientar la nueva Ley de Sustancias Controladas prioritariamente contra las grandes redes del tráfico de drogas, en lugar de los eslabones más débiles de la cadena del narcotráfico, como los consumidores, pequeños agricultores, distribuidores menores, "mulas y tragones".
Es importante que el anteproyecto de Ley tenga en cuenta los factores socioeconómicos de la población más vulnerable al consumo, la producción, el suministro y el transporte de drogas. Se recomienda que este anteproyecto sea parte de una reforma integral del sistema penal, así como de políticas y programas, de mediano y largo plazo, de educación, salud, empleo y vivienda, y de reinserción social y prevención de la reincidencia.
Se espera que el debate y las reflexiones generadas en los encuentros realizados puedan contribuir eficaz y constructivamente al trabajo de preparación de la nueva Ley de Sustancias Controladas, cuya elaboración y promulgación está prevista en esta gestión.